En el diario oficial de la Unión Europea (UE) 2021/468 (18 de marzo de 2021) se publicó un nuevo reglamento que rige los alimentos (y bebidas) que contienen productos a base de aloe.
En esta enmienda, se han añadido aloe-emodina, emodina y dantrón al anexo III, restringiendo así su uso en alimentos (y bebidas).
No se han decidido límites reales para estas tres sustancias, sin embargo, en el reglamento se establece que “Durante la fabricación, los derivados hidroxiantracénicos pueden eliminarse de los preparados botánicos mediante una serie de procesos de filtrado que dan lugar a productos que contienen solo trazas de esas sustancias como impurezas.”
CEAMED se complace en anunciar que puede determinar los niveles de aloe-emodina tanto del jugo de aloe como del jugo de aloe liofilizado.
El método utiliza un método de detección de HPLC, adaptado del método publicado por Kline [1].
El límite de cuantificación es de 2 ppb, con un límite de detección (LOD) de 1 ppb. *
Se está realizando la validación de métodos para emodina y dantrón.
* de una muestra de 50 ml de jugo de aloe, o 250 mg de jugo de aloe liofilizado.
[1] Kline et al.: Journal of AOAC International Vol. 100, No. 3, 2017
Más información sobre los análisis de CEAMED en aloe vera en el artículo Análisis en laboratorio y certificación de Aloe